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año:2009
 
institución:MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 2 R-DJ-067-2009 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del seis de agosto de dos mil nueve. --------------------------------------------------------- Recurso de Apelación interpuesto por Asfaltos CBZ Sociedad Anónima en contra del acto de adjudicación dictado a favor de la empresa Concreto Asfáltico Nacional S.A. en la licitación restringida 2009LA-000008-01 promovida por la Municipalidad de Vázquez de Coronado.------ RESULTANDO I. Asfaltos CBZ Sociedad Anónima presentó recurso de apelación el 30 de julio de 2009. -------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias. ------------------------------------------------------------------------------------------------ CONSIDERANDO I. Hechos Probados: 1) Que la Municipalidad de Vázquez de Coronado promovió la Licitación Abreviada 2009LA-000008-01 para el recarpeteo y reparación de la Calle La Guaba II Etapa Cascajal y la adjudicación fue dictado a favor de la empresa Concreto Asfáltico Nacional S.A. por un monto de ¢18.995.240, 00 (folios 142 y 151 del expediente administrativo) 2) El acto de adjudicación fue emitido el 13 de julio de 2009 y comunicado el día 23 de ese mes (ver folios 151 a 155 del expediente administrativo) ------------------------------------------------------------------ II.-De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al monto: En la Gaceta número 23 del 03 de febrero de 2009, se publicó la resolución R-CO-10-2009, dictada por el Despacho de la Contraloría General de la República, mediante la cual se establecen los montos a partir de los cuales procede el recurso de apelación contra el acto de adjudicación, según el tipo de concurso y de acuerdo con el presupuesto de cada institución. De lo dispuesto por la resolución citada, se desprende que aquellas instituciones cuyos presupuestos de adquisición de bienes y servicios los ubiquen en el estrato H, ...
Fecha publicación: 09/08/2009
Fecha emisión: 06/08/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 8 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio No. 04873 12 de mayo, 2009 DAGJ-0653-2009 Señora Licda. Ivonne G. Campos Auditora interna MUNICIPALIDAD DE VÁSQUEZ DE CORONADO Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta formulada por la auditoría interna de esa Municipalidad, mediante el oficio AIM-753-09 del 16 de abril de 2009 sobre los ingresos que se deben girar al Comité de Deportes. Damos respuesta a su oficio no. AIM-753-09 del 16 de abril de 2009 sobre los ingresos que se deben girar al Comité de Deportes. Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia. I.- Motivo de la consulta: Plantea en su gestión consultiva, respecto a lo establecido en el numeral 170 del Código Municipal en cuanto a los ingresos que se deben girar al Comité Cantonal de Deportes: ¿Si dichos ingresos se deben girar según lo recaudado por la Municipalidad y si así fuera, debe el Comité ajustar su presupuesto si no recibe el total presupuestado debido a que lo ingresado no coincide con lo presupuestado, o debe la Municipalidad ajustarse al monto presupuestado por el Comité de Deportes y reintegrarles la diferencia de los ingresos recaudados? II.- Criterio del Despacho: Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y la Circular No. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de ...
Fecha publicación: 15/05/2009
Fecha emisión: 12/05/2009
Documento: 04873-2009.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Comite Cantonal de Deportes , Personeria Juridica Instrumental, Presupuesto Ordinario, CCDR


PAGE 10 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 03857 15 de abril, 2009 DAGJ-0534-2009 Señora Nydya Arroyo Mora Secretaria del Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE VAZQUEZ DE CORONADO Fax 2229 74 46 Estimada señora: Asunto: Consulta sobre el órgano jerarca de la Municipalidad de Vásquez de Coronado en relación al Alcalde, Contralor de Servicios y Auditor Interno. Nos referimos a su oficio número CM-088-2009 del 03 de febrero, recibido en esta Contraloría General el 04 de febrero, ambas fechas de 2009, en donde nos consulta sobre el órgano jerarca de la Municipalidad de Vásquez de Coronado. La relación jerárquica del superior en la Municipalidad en relación con el Contralor de Servicios y Auditor Interno, así como definir las competencias tanto de la Auditoría como el Contralor de Servicios. I. Motivo de la consulta En la sesión ordinaria del Concejo Municipal número 126 del lunes 22 de setiembre de 2008, el Regidor Carlos Rodríguez Murillo, presenta moción indicando que nuestra Constitución Política en su artículo 169 indica que “ La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del gobierno municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley ”, asimismo que La Ley General de Control Interno No. 8292 en su artículo 2 de definiciones señala que el …c) Jerarca: es el superior jerárquico del órgano o del ente, ejerce la máxima autoridad dentro del órgano o ente, unipersonal o colegiado, d) Titular subordinado: es el funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones. En su artículo 10, la misma ley indica “ Responsabilidad por ...
Fecha publicación: 20/04/2009
Fecha emisión: 15/04/2009
Documento: 03857-2009.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Alcalde y Vicealcaldes, Concejo Municipal